Defensa de “Pity” Álvarez solicita juicio por jurado en su proceso penal

La defensa de “Pity” Álvarez plantea la posibilidad de un juicio por jurado en el marco de su proceso penal por homicidio.

A tan solo una semana del comienzo del juicio relacionado con el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, la incorporación de Javier Baños y Sebastián Queijeiro como nuevos abogados defensores de “Pity” Álvarez ha dado lugar a la presentación de novedosos planteamientos legales. Tras su reemplazo del anterior equipo de defensores oficiales, los letrados han anunciado diversas cuestiones que buscan ser discutidas, entre las cuales destaca una interrogante significativa: ¿es posible que el músico sea juzgado por un jurado popular?

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Este cuestionamiento adquiere relevancia considerando que el homicidio tuvo lugar en el barrio Samoré de Villa Lugano, perteneciente a la Ciudad de Buenos Aires, que desde el año 2021 cuenta con una legislación que regula el juicio por jurados. Dicha normativa establece como obligatoria la participación de un jurado en delitos cuya competencia corresponde a la Justicia porteña y cuya pena máxima supere los 20 años de prisión. No obstante, Álvarez se encuentra siendo juzgado por tres magistrados del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29, que forma parte de la Justicia Nacional.

Surgen interrogantes adicionales en torno a la razón por la cual el homicidio de Díaz no se encuentra bajo la jurisdicción del sistema judicial porteño. Asimismo, es pertinente cuestionar si la nueva defensa puede solicitar un juicio por jurados una vez iniciado el debate oral. También es fundamental considerar la influencia de que la causa haya sido elevada a juicio antes de la promulgación de la ley en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Finalmente, es necesario determinar quién debería tomar la decisión respecto a un eventual planteo.

El análisis de estas cuestiones es llevado a cabo por Leandro Halperín, académico en Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la UBA, ex legislador de la ciudad y redactor del proyecto que dio lugar a la Ley N° 6.451 de Juicio por Jurados de CABA. Actualmente, Halperín ocupa el cargo de subsecretario de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios de la Ciudad, y su respuesta inicial indica la complejidad jurídica subyacente al asunto: “En el Derecho todo puede ser planteado”.

Para comprender adecuadamente la problemática, es fundamental abordar el tema de la competencia. A pesar de que el homicidio de “El Gringo” Díaz se perpetró en el territorio porteño, el caso contra Álvarez se tramita ante la Justicia Nacional. La razón de esta situación radica en que, según lo expuesto por Halperín, a raíz de la reforma constitucional del año 1994 que reconoció la autonomía de la Ciudad, el proceso de transferencia de competencias penales de la Nación hacia la Ciudad ha sido gradual.

“De todos los delitos que se cometen en la Ciudad de Buenos Aires, algunos son sometidos a la Justicia porteña mientras que otros son gestionados por la Justicia Nacional. Delitos como robos, hurtos, secuestros y homicidios continúan bajo la jurisdicción nacional”, aclara Halperín.