Oficializan la prórroga por 90 días de la prohibición de los despidos y el pago de doble indemnización

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Con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y los ministros del Gabinete Nacional, se oficializó hoy, mediante el Decreto de Necesidad de Urgencia 39/2021, la prórroga de la normativa que prohíbe los despidos por 90 días y extiende la obligatoriedad de una doble indemnización.

De este modo, las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente.

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El DNU, que también amplía hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada en 2019, prorroga "la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 90 días corridos" y exceptúa "las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, como consecuencia de la emergencia sanitaria".

También anuncia que los despidos y las suspensiones que violen lo dispuesto "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales" y señala que "durante la vigencia de la emergencia ocupacional, en los casos de despidos sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva, la trabajadora afectada o el trabajador afectado, tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente, en los términos del citado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19".

A su vez, el decreto confirma el tope de $500.000 para la segunda indemnización.

El primer decreto rige desde abril del año pasado, luego se dispuso una prórroga desde junio y hubo una tercera disposición a partir del de diciembre.

Según el Indec, la desocupación del tercer trimestre del 2020 fue de un 9,2% respecto al mismo período del 2019
Según el Indec, la desocupación del tercer trimestre del 2020 fue de un 9,2% respecto al mismo período del 2019 Fuente: Archivo

"La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente -más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos", había expresado el Gobierno en esa última prórroga.

Esta medida fue resuelta en el marco de la "emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social" establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar la pandemia de coronavirus y en el medio de una crisis económica que dejó cerca de 4 millones de personas sin empleo.

Según datos del Indec, la cantidad total de puestos de trabajo se redujeron durante el tercer trimestre del año pasado un 9,2% respecto al mismo período del 2019, para alcanzar los 18,8 millones de empleos. Actualmente la tasa de desocupación es de 11,7%.

Agencia Télam

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"La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente -más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos", había expresado el Gobierno en esa última prórroga.

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